Lunes, 25 de septiembre 2023

“No innovar”

URSEA suspende adjudicación de nuevas Estaciones de Servicio, hasta que el TCA no se expida sobre la Resolución 377/22

Desde el MIEM, no se descarta que se dejen sin efecto las ya aprobadas y se llame nuevamente a interesados para abrir nuevas bocas de venta.

URSEA suspende adjudicación de nuevas Estaciones de Servicio, hasta que el TCA no se expida sobre la Resolución 377/22
El MIEM analiza dejar sin efecto las adjudicaciones y volvería a habilitar los llamados a nuevas bocas de venta
Por Surtidores

Uno de los puntos en los que hizo énfasis la Ley de Urgente Consideración, en el capítulo de los combustibles, tuvo que ver con la “apertura de nuevos puntos de venta” (Estaciones de Servicio).

En este sentido la URSEA promulgó en 2021 su Resolución Nro. 141, en la que establece esta posibilidad citando una serie de requisitos, que deberían ser regulados.

Posteriormente ya en 2022, la referida Unidad, promulgó la Resolución Nro. 377, a modo de complemento de la R. 141, que en su CONSIDERANDO establece  “que no se ha culminado a la fecha la aprobación del Reglamento de Distribución Secundaria de Combustibles Líquidos por lo que corresponde complementar lo dispuesto para este período de transición”.

PERMITIR NUEVOS PUNTOS DE VENTA

El otra parte de la Resolución 377 se establece “que, a efectos de fomentar el desarrollo de la actividad, es necesario permitir la instalación y apertura de nuevos Puestos de Venta, así como los traslados, aplicando la normativa vigente ante tales situaciones, aunque razonablemente ajustada por esta Unidad Reguladora”.

A su tiempo en el numeral III, argumenta que al no haberse culminado a la fecha la aprobación del Reglamento de Distribución Secundaria de Combustibles Líquidos “corresponde complementar lo dispuesto para este período de transición”.

REQUISITOS PARA ABRIR UNA ESTACIÓN

Más adelante, en la misma resolución, la URSEA determina una serie de requisitos en materia de distancias entre nuevas Estaciones de Servicio y las ya existentes, así como mínimos de venta mensual, entre otras consideraciones técnicas.

La Resolución  -según informaron fuentes de URSEA a Surtidores – “fue objeto de observaciones por parte de las Distribuidoras, que no fueron de recibo por parte de este organismo”. La misma fuente, confirmó que actualmente existe en el TCA (Tribunal de lo Contencioso) una recusación contra esta Resolución, lo que dio motivo a que “hasta que el referido tribunal no se expida, el órgano regulador ha tomado la resolución de no innovar ni aprobar nuevas bocas de venta y/o traslados”.

VENTANA CON ADJUDICACIONES NO JUSTIFICADAS

Sobre este tema, altas fuentes del MIEM, señalaron a Surtidores que el problema mayor “fue la ventana de tiempo entre que la URSEA asumió la regulación y se aprobó la Resolución 377, durante la que la misma unidad dejó claro que no se innovaría ni se autorizaría ninguna nueva boca, salvo excepciones debidamente fundadas. A pesar de esto, se autorizó un número importante de Estaciones de Servicio, una situación que ameritó la intervención de la división jurídica del MIEM, que naturalmente observa el tema”.

“En esta ventana, hasta la Resolución 377, se presentaron varios operadores solicitando la apertura de nuevas bocas  que se aprobaron. Posteriormente y ya con la medida promulgada se verificó que no cumplían con los términos de la misma” explicó la fuente del MIEM, quien confirmó que allí estriba el problema actual, con una importante cantidad de adjudicaciones de puntos de venta por parte de URSEA, que no cumplen con los requisitos que la propia unidad reguladora promulgó.

Para finalizar, desde el MIEM afirmaron que esa cartera analiza dejar sin efecto las adjudicaciones y volvería a habilitar los llamados a nuevas bocas de venta.

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