Cumpliendo compromisos ambientales
Será a partir del próximo viernes 28 de marzo. Incluye a los de las categorías europeas N1 y M1.
Tal como fue definido en la política nacional de cambio climático, aprobada mediante el artículo 1 del Decreto N° 310/017, de 3 de noviembre de 2017, el Poder Ejecutivo había dispuesto por Resolución MIEM S/N del 17/3/2023, la obligatoriedad de presentar en los vehículos definidos como categoría M1 y N1 el denominado “Etiquetado de eficiencia energética para vehículos O km.”
La recomendación de noviembre propendía a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los sistemas de transporte “a través del aumento de la eficiencia y la combinación de fuentes de energía, modos y tecnologías de menores emisiones de gases con este efecto, aprovechando los aspectos de infraestructura, territorio, logística y otras condiciones favorables” se explicaba en el documento.
ETIQUETA CON INFORMACIÒN DE EMISIONES C02
La etiqueta en la que se deben incluir rangos de contaminación de las unidades, rendimiento estandarizado, emisiones C02, así como otros parámetros técnicos, “deberá estar incorporada en cada vehículo en los puntos físicos de exhibición comercial, así como en sitios web y otros medios electrónicos en los que se comercialicen o promocionen” informó el MIEM.
De acuerdo con URSEA, los importadores y fabricantes nacionales deben realizar el Trámite de Registro de Etiquetado Vehicular antes de la comercialización de estos vehículos.
A su tiempo el organismo regulador advirtió que a partir del próximo viernes 28 de marzo, todos los vehículos híbridos (con o sin recarga exterior) de las categorías M1 y N1 deberán contar con la etiqueta de eficiencia energética.
CATEGORÍAS DE VEHÍCULOS M1 Y N1
Los vehículos tipo N1 y M1 son clasificaciones que se utilizan en la normativa europea y en otros contextos para categorizarlos según su diseño y uso.
Vehículos tipo N1: Se refiere a aquellos de motor diseñados y fabricados principalmente para el transporte de mercancías. La clasificación N1 incluye vehículos cuya masa máxima autorizada (MMA) no excede de 3.5 toneladas. Estos son comúnmente conocidos como furgonetas o camionetas ligeras.
Vehículos tipo M1: Esta categoría incluye vehículos de motor diseñados principalmente para el transporte de personas. Son aquellos que tienen un máximo de 8 plazas, excluyendo la del conductor, y cuya masa máxima autorizada no excede de 3.5 toneladas. Esto incluye la mayoría de los automóviles particulares.
Deberá brindar especificaciones sobre consumo y desempeño energético. De este modo, Uruguay cumple con los acuerdos internacionales en los que se comprometió a abatir la contaminación por C02 en 2050.
Los “e-combustibles” prometen economía en el surtidor y status de “carbono neutral” en diez años.
Creada el 13 de diciembre de 2002, ha jugado un papel trascendental en la fijación de los precios de los combustibles en Uruguay.