Gas Oil Marino y Fuel Oil
Se aprobó artículo 309 de Ley de Presupuesto en Comisión de Diputados, que desmonopoliza venta de combustible en zonas portuarias de ANP.
Tal cual lo había adelantado Surtidores en su edición del 18 de setiembre, se aprobó ayer el aditivo a la Ley de Presupuesto que llevara en propia mano el Ministro de Industria y Energía Omar Paganini, a la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda de la Cámara de Diputados que en estas horas trata el proyecto de Presupuesto Quinquenal 2020 – 2025 que presentó el Poder Ejecutivo.
El aditivo que plantea Paganini suprime el monopolio de ANCAP en todos los puertos administrados por la ANP en el territorio nacional, lo que significa que las empresas navieras podrán importar el Fuel Oil (o hacerlo por interpósita persona) para surtir a sus barcos, una particularidad que hasta el momento les estaba vedada por la Ley 8.764 del 15 de octubre de 1931 (creación de ANCAP).
FIN DEL MONOPOLIO DE ANCAP EN PUERTOS
El artículo que se agrega, aprobado ayer en Comisión y que pasa a Diputados y Senadores para su aprobación plenaria, será incluido en la Sección IV, Inciso 08 “después del artículo 308” y expresa que “el monopolio creado por Ley Nro. 8.764, de 15 de octubre de 1931 y administrado por la Administración Nacional de Combustibles de Alcohol y Portland, no regirá en el Puerto de Montevideo ni en cualquier otro puerto propiedad u operado por la Administración Nacional de Puertos”.
Una vez en vigencia el nuevo artículo, quedará habilitada la importación del combustible denominado “Bunker” que básicamente se presenta en dos modalidades: Gas Oil Marino y Fuel Oil.
En el caso del primero (Gas Oil Marino) se trata de un combustible destinado a motores principales de pequeños barcos, como pesqueros, pequeñas embarcaciones, buques de guerra o plantas auxiliares de energía para buques mercantes.
COMBUSTIBLE BUNKER
Para el caso del Fuel Oil, (más pesado) se lo conoce como “Combustible Bunker” técnicamente se trata de cualquier tipo de combustible derivado del petróleo usado en motores marinos, que recibe su nombre (en inglés) de los contenedores en barcos y en los puertos en donde se almacena, utilizado por naves de grandes calados.
De aprobarse esta ley, sin observaciones ni cambios en el artículo de marras por parte de los legisladores en las respectivas cámaras, los propios empresarios de Estaciones de Servicio quedarían habilitados para importar estos combustibles del país que más les convenga y surtir a las naves en el puerto.
Propuso nuevo artículo a la Ley de Presupuesto quitándole el monopolio a ANCAP
En temporada, la demanda se multiplica hasta quince veces. La mayoría se abastece de Gas Oil 10S.
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