Bajo control
Según informe de URSEA, se analizaron 334 muestras entre Estaciones de Servicio y Plantas de ANCAP, sin detectarse anomalías.
La Unidad Reguladora de Servicios de Agua y Energía (URSEA), presentó en su página web el resultado de las muestras tomadas durante 2018 (última información disponible) a través de las que se verifica la calidad de los combustibles líquidos despachados en puestos de venta y en plantas de despacho de la ANCAP de forma periódica.
La referida información, -según explica URSEA- se entrega “en el marco del cumplimiento del Reglamento de Especificaciones Técnicas de Control de Calidad de Combustibles Líquidos, (RETCCL) aprobado por la Comisión Directora de la URSEA por Resolución Nº 150/008”.
MÁS DE TRESCIENTAS MUESTRAS
El referido organismo de control detalla que en el año 2018 se realizaron 324 verificaciones a puestos de venta (Estaciones de Servicio) y 7 verificaciones a las plantas de despacho de ANCAP, con la extracción y análisis en laboratorio de 331 muestras de combustible.
Para el caso de las Estaciones de Servicio, las extracciones fueron analizadas en los laboratorios de la URSEA, con un 100 por ciento de cumplimiento del RETCCL.
Ciento trece fueron las muestras tomadas de Gas Oil 50 S, mientras que para el caso de mismo producto pero 10S fueron 23 las muestras tomadas.
Las naftas (Super 95 SP y Premium 97 SP) totalizaron las 188 muestras analizadas, con un porcentaje de cumplimiento total del antedicho reglamento.
El organismo que controla que los combustibles estén dentro de las especificaciones que marcan los estándares, informó que en 2018 fueron 7 las muestras analizadas (3 de GAS OIL 50 S y 4 de Nafta Super 95 SP), en las plantas de ANCAP, registrándose similar porcentaje de cumplimiento que para las EE.SS.: un 100 por ciento.
ANÁLISIS INDEPENDIENTE DE ANCAP
Cabe señalar que la extracción de las muestras de combustible y su análisis, se realiza con un equipo técnico especializado del LATU, en forma totalmente independiente de ANCAP, que actúa coordinado y bajo las directivas impartidas por la URSEA.
Para el biodiesel se controla el cumplimiento del Reglamento de CONTROL DE CALIDAD DE BIODIESEL Y ALCOHOL CARBURANTE, donde se especifica la obligación de cumplir con la Norma UNIT 1100.
Por disposición legal, el gasoil debe incorporar una mezcla de biodiesel, y URSEA controla estrictamente que se cumpla el porcentaje admitido.
PRIMARIO O REINCIDENTE
El reglamento de marras determina infracciones, cuya gradualidad dependerá si el infractor es “primario” o “reincidente”.
La primera infracción consiste en una sanción de observación; mientras que para la segunda infracción corresponderá una sanción de apercibimiento. Para el caso de una tercera infracción, se prevé la aplicación de multas en unidades indexadas.
En cuanto al monto de las mismas, se establece que las infracciones a lo dispuesto en los literales a) verificar combustible a descargar, b) verificar precintos, c) comprobar visualmente el combustible, d) coordinar descarga en el tanque con el camionero, e) llevar planilla diaria de movimientos productos, se penarán con una multa de 2.000 UI para cada literal.
Para los literales f) identificar surtidores por color y g) identificación adecuada de tipo de combustible almacenado en cada tanque se establece una sanción de 6.000 Ui para cada literal (unos $ 25.500)
En el Capítulo de infracciones se establece que para el caso de la cuarta infracción y sucesivas se aplicará el concepto de reincidencia, duplicando el monto de la sanción, hasta un máximo de 12 mil UI ($ 50.000).
Según URSEA, que extrae y analiza muestras de combustible en las Estaciones de Servicio de todo el país, desde su creación en 2009, no se han recibido reclamos por calidad
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