
Activar/Desactivar Leer Página
La medida busca evitar abusos en el mercado y proteger a Estaciones de Servicio y grandes consumidores de aumentos desmedidos.
El carácter regulado del mercado de combustibles en Uruguay determina —en materia de precios— dos valores clave: el precio de venta al público (PVP), que se paga en el surtidor, y el precio máximo intermedio transitorio (PMIT), que incide directamente en las transacciones del comercio mayorista de productos como naftas, gasoil, kerosene y fuel oil.
En este marco, la URSEA puso en vigencia a partir de agosto la Resolución 335/025, mediante la cual se establece un nuevo PMIT para todos los combustibles líquidos derivados del petróleo sujetos a regulación.
¿QUÉ ES EL PMIT?
El PMIT es un valor tope que regula el precio de venta entre actores del mercado mayorista de combustibles: distribuidores, operadores logísticos y grandes consumidores. No se trata del precio al público, sino de una referencia técnica para operaciones intermedias en la cadena de comercialización.
Este índice —definido por URSEA tomando como base el precio de paridad de importación (PPI), al que se suman márgenes razonables por costos operativos, logísticos y comerciales— se fija por producto y por zona geográfica. Es decir, funciona como un techo en las transacciones entre mayoristas, sin incidir directamente en el precio final que paga el consumidor.
A modo de ejemplo, el PMIT se aplica cuando una distribuidora vende gasoil o nafta a una Estación de Servicio, o a una empresa de transporte con tanque propio.
ALCANCE
La resolución abarca todos los productos regulados: nafta Súper y Premium, gasoil 50S y 10S, kerosene y fuel oil. Cada uno de ellos cuenta con un valor de PMIT específico, calculado en función de su PPI actualizado y del punto de entrega.
Según el propio regulador, la creación del PMIT tiene como fin garantizar transparencia, equidad y control en los precios intermedios del mercado, especialmente en un contexto de modificaciones técnicas de los productos —como las recientes mejoras en el gasoil 10S— y de fluctuaciones del mercado internacional. Se busca así evitar distorsiones y prácticas abusivas en las operaciones entre empresas, sobre todo en sectores donde la competencia no es plena.
¿QUIENES LO PAGAN?
El PMIT lo pagan los actores intermedios del mercado, como distribuidores, operadores logísticos y grandes consumidores. Estos agentes no pueden adquirir combustibles regulados por encima del precio máximo fijado por URSEA para su zona, lo que en la práctica protege a las Estaciones de Servicio y a clientes industriales de aumentos injustificados en sus costos de reposición.
En este contexto, la resolución no modifica directamente el precio en el surtidor, pero sí impacta en la estructura de costos del sistema de distribución, contribuyendo a que los valores intermedios mantengan una relación razonable con el escenario internacional y con las características técnicas de cada producto.
LOS NUEVOS PRECIOS
Según la Resolución 335/025, los valores actualizados del PMIT (en pesos por litro) son los siguientes: Gasolina Premium 97: $ 71,26, Gasolina Súper 95: $ 68,85, Gasoil 50S: $ 39,62 y Gasoil 10S: $ 43,04.
DEJANOS TU COMENTARIO!